hablar leer escribir.
Por eso les contamos esto. No sabemos si lo hemos explicado bien. Sin embargo queremos aquí decir, no es una reivindicación, ni protesta, ni denuncia; es que debemos saber y debemos decir. Y no digan, por favor, eso ya se sabe, porque si es así, tendremos que contestarnos con unos versos de Tuñón que ante el desastre dice: ¿que has hecho tu para evitar esto?
QUE HACEN LOS MINISTERIOS CON EL MONTÓN DE € EN SUBVENCIONES?
Van ya dos años que comunicamos al Ministerio de Cultura, en el 2010 y en el 2011 y después no hemos tenido el tiempo y las ganas para volver a plantearlas, cuestiones de verdadera barbaridad al entendimiento y buen juicio sobre las leyes, normativas y sus aplicaciones. Y en estas ocasiones nos contestaron que tomarían en cuenta lo planteado y dieron su agradecimiento por la aportación importante para el Ministerio en su accionar con respecto al reparto del dinero que está dado desde objetivos definidos y con los requerimientos específicos de estas convocatorias publicadas desde el ÁREA DE INDUSTRIAS CULTURALES (MINISTERIO DE CULTURA....) y claro está desde lo asignado en los Presupuestos Generales del Estado para el año en curso. A quién y qué se va a subvencionar, es decir apoyar económicamente en su quehacer como industria cultural, con el dinero de los contribuyentes.
La Asociación AUPA, que fundamos y que claramente para ese Ministerio somos una industria cultural, puesto que nos dieron una subvención (2010) al ser una entidad sin ánimo de lucro, nos dieron el dinero para gastarlo únicamente y exclusivamente para gastarlo. No podíamos justificar gasto ninguno por ejemplo en comprar un micrófono, sino que había que gastarlo en alquilar el micrófono. Es decir no permite ese Ministerio de Cultura de España que las Asociaciones capitalicen...? Y si pueden hacerlo por ejemplo ANAYA, SM, Corte Ingles, llegado el caso. ?
Que raro¡¡¡. Y es posible que no es que los de Industrias Culturales del Ministerio no sepan que quiere decior "sin fines de lucro". No. Lo saben, saben que lo que quiere decir es que en caso de disolución no se pueden repartir entre los socios los bienes que la Asociación tenga. En cambio Pueden darle una subvención de 60.000 € a una empresa hecha para el caso, que luego la disuelvo y ese dinero que le ha servido para capitalizar, jemplo, cierra la empresa y bueno... tienen eso que compraron, adquirieron o... en máquinas, ordenadores, etc. me lo reparto, o lo vendo, es un ejemplo.
Por ejemplo este que citamos a continuación. Entre otras subvenciones que este Ministerio de España, ahora llamado Ministerio de Educación Cultura y Deportes están varias de ellas que por nuestras actividades diríamos cotidianas y continuadas en el tiempo podríamos acceder a ellas.Convocatoria para las Empresas culturales...
Las industrias culturales sin ánimo de lucro, como son las Asociaciones, sólo pueden optar a la subvención que se denomina "acción y promoción de la cultura". Esto es, con el dinero que te darían, siempre por debajo de lo que se supondría una verdadera ayuda, ya que te obliga esto a gastar mucho más con obligatoriedad. Por ejemplo te subvencionan 12.000 € si tu vas a gastar 35.000. sólo se puede subvencionar de estos proyectos, todo gastos, todo para la realización y difusión de la misma. Con una exhaustiva revisión del gasto. Donde no sólo has de presentar el que ellos subvencionan, sino el total de lo que dijiste que ibas a hacer. Así estás obligado a hacerlo y si no lo hacen así, pues a devolver el dinero.
Este taller se presentó en varias ocasiones y sólo en una de ellas, nos dieron dos pequeñas subvencionas que nos obligaron a gastar 24.000 mil de otros sitios
Sin embargo y en la creencia de que podíamos optar por la otra subvención de este Ministerio, como era la de capitalización a las empresas culturales. En este año 2012, tengan en cuenta que a pesar de los recortes. Igual que el año pasado o en el 2010. Industrias culturales con fines de lucro. Es decir le dan a una empresa como es la que se registran en el Registro Mercantil. Es decir.
B.O.E.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144 Sábado 16 de junio de 2012 Sec. III. Pág. 43515
Artículo 3. Imputación presupuestaria.
La cuantía total de las ayudas (5.375.000,00 euros) se financiarán con cargo a las
aplicaciones presupuestarias del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte prorrogado para 2012, o a su equivalente en la Ley de Presupuestos
Generales del Estado de 2012.
Actualmente, la prórroga de los Presupuestos Generales del Estado para 2012 recoge
las siguientes aplicaciones:
Aplicación presupuestaria
Cantidad máxima imputable
–
Euros
18.13.334C.770 . . . . . . . . . . . 3.272.777,78
18.13.334C.771 . . . . . . . . . . . 2.102.222,22
Total. . . . . . . . . . . . . . . . . 5.375.000,00
Si la cuantía del crédito que resulte aprobado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2012 es inferior a la prevista en este apartado, se tendrá en cuenta la Disposición Adicional 47 del proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2012, que regula el procedimiento para la imputación de las operaciones de gasto del Presupuesto prorrogado a los Presupuestos para el ejercicio 2012.
Artículo 4. Beneficiarios.
1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas de referencia los profesionales inscritos en el Régimen Especial de trabajadores autónomos y las empresas de nacionalidad española o de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que, independientemente de su forma jurídica, se dediquen a la producción, distribución y/o comercialización de bienes culturales en los siguiente ámbitos: artes escénicas, artes visuales, patrimonio cultural, cine, televisión, radio, videojuegos y artes interactivas, nuevos medios de comunicación, música, libros, prensa, arquitectura, diseño, diseño gráfico, diseño de moda y publicidad.
2. Los beneficiarios no podrán obtener ayudas en más de tres convocatorias consecutivas a contar desde la convocatoria de 2010 (Orden CUL/3561/2009, de 15 de diciembre, por la que se convocan las ayudas a la inversión en capital para promover la modernización, innovación y adaptación tecnológica de las industrias culturales correspondientes al año 2010, BOE de 1 de enero de 2010). Por tanto ésta será la tercera convocatoria que compute a dichos efectos.
3. Quedan excluidas las Administraciones Públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos, así como las entidades sin ánimo de lucro.
LOS GASTOS SUBVENCIONABLES...
Tendrán la consideración de inversiones subvencionables todas aquellas generadas
directamente en la modernización, innovación y adaptación tecnológica de las empresas
culturales y que se hayan relacionado y cuantificado en los epígrafes VI.4 de los anexos I
y II.
Con carácter enunciativo y no limitativo están incluidas las siguientes inversiones, deacuerdo con el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el
Plan General de Contabilidad:
a) Inmovilizaciones intangibles:
a. Investigación.
b. Desarrollo.
c. Propiedad industrial.
d. Aplicaciones informáticas.
b) Inmovilizaciones materiales:
a. Instalaciones técnicas.
b. Maquinaria.
c. Utillaje.
d. Otras instalaciones.
e. Material y equipos de oficina.
f. Equipos para procesos de información.
2. Gastos subvencionables con limitaciones
a) Las retribuciones de las relaciones laborales de los socios de la empresa con la propia empresa quedan limitadas de la siguiente forma: las retribuciones mediante nómina de los socios de la entidad no podrán superar el 30 % del importe de la ayuda concedida.
No existirá limitación en la relación mercantil de los socios de la empresa con la propia
empresa, es decir, que los trabajos para el proyecto queden retribuidos mediante factura
que reunirá los requisitos establecidos según la normativa vigente.
b) En el caso de que el beneficiario de la ayuda sea una persona física dada de alta
en el Régimen Especial de Autónomos el trabajo desarrollado por sí mismo para la
ejecución del proyecto no podrá superar el 30 % del importe de la ayuda concedida. En el
Manual de Justificación se especifica cómo deberán justificar ese trabajo propio que
imputan al proyecto.
3. Gastos excluidos con carácter generala) No tendrá la consideración de gasto subvencionable el importe del IVA deducible,
cuando la persona o entidad beneficiaria esté obligada a realizar declaración del
mencionado impuesto, y por tanto, la cantidad que podrá imputarse como gasto es la
correspondiente a la base imponible de los justificantes.
sólo pondremos 2 ejemplos el resto lo buscan si lo quieren...
WEUSEPOWERUPS ENTERTAINMENT SOCIEDAD LIMITADA.
subvención de 15.000 € Empresa como dice constituida en el mes de Febrero de 2012
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WEUSEPOWERUPS ENTERTAINMENT SOCIEDAD LIMITADA.
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1. Construcción, instalaciones y mantenimiento. 2. Comercio al por mayor yal por menor. Distribución comercial. Importación y exportación. 3. Actividades inmobiliarias. 4. Actividades profesionales. 5. Industrias manufactureras y textiles. 6. Turismo, hostelería y restauración. 7. Prestación de ser
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| SOCIEDAD LIMITADA |
| CIF de WEUSEPOWERUPS ENTERTAINMENT SOCIEDAD LIMITADA. |
| 4500 CONSTRUCCION |
| 4121 Construcción de edificios residenciales |
| Informe Completo de WEUSEPOWERUPS ENTERTAINMENT SOCIEDAD LIMITADA. |
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CALLE DE L'ALQUERIA, 17
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ONTINYENT
(
VALENCIA
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46870
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y esta otra
carta del director de ZINKIA... A LOS ACCIONISTAS E INVERSORES
"Nuestra ilusión y nuestros desvelos actuales están en que Pocoyó alcance una presencia completamente global: que los ciudadanos o ciudadanas de cualquier país del mundo¸ puedan tener o haber tenido la oportunidad de conocerle¸ de conocer a sus amigos Pato¸ Elly¸ Pajaroto¸ Loula¸ Pulpo… y que además de conocerles¸ puedan tener la oportunidad de ver sus episodios¸ disfrutar con ellos¸ aprender riendo para la vida y además¸ poder adquirir alguno los productos que licenciatarios que trabajan con nosotros¸ ponen a su alcance: un libro¸ un dvd¸ una camiseta¸ una maleta¸ una toalla ¸ una colonia¸ o cualquier otro pequeño útil o juguete que le pueda gustar o atraer."
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ZINKIA ENTERTAINMENT, SA
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LA REALIZACION DE TODO TIPO DE ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA PRODUCCION, PROMOCION, DESARROLLO, GESTION, EXPOSICION Y COMERCIALIZACION DE OBRAS.
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